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El Gobierno tiene 10 días para explicar cómo mide el Indec
Se lo exigió la Justicia. Tendrá que dar las razones sobre los cambios en la medición de la inflación
21 de agosto de 2008
En otro muestra para recuperar la credibilidad del Indec, la Justicia le ordenó al Ministerio de Economía que informe, en un plazo de diez días, los cambios introducidos en el cálculo del índice de precios al consumidor del área Metropolitana (IPC-GBA) que elabora el organismo estadístico.

La decisión judicial surgió de la sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, a raíz de una acción de amparo presentada el 17 de agosto del año pasado por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) por falta de acceso a la información pública contra el Indec, según informa el diario La Nación en su edición de este jueves.

La decisión no es una sentencia sino una medida previa que le brinda una oportunidad al Gobierno -en concreto, al Ministerio de Economía- para entregar información y expedirse sobre el reclamo de ADC: la escasa información sobre los cambios que sufrió la medición, según pudo saber el diario.

La orden de la Justicia apunta a una de las herramientas que aplicó el Indec para maquillar la suba de precios: alterar las ponderaciones, es decir, la incidencia de cada producto en la cifra final de inflación.

"Quizás el número que difunde el Gobierno no es incorrecto, pero porque se tomaron ponderaciones irreales. Esto nos va a mostrar qué hay detrás del número. Recibimos todos los meses un número que parece irreal, y ahora vamos a tener la posibilidad de saber por qué tenemos ese número y por qué es incorrecto", señaló a La Nación el abogado de ADC, Alejandro Segarra.

El Indec, organismo que funciona bajo la conducción de Ana María Edwin y Beatriz Paglieri -dos funcionarias que responden al secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno-, ya admitió que se modificaron ponderaciones. Lo hizo en dos ocasiones.

Primero fue cuando ADC -una ONG dedicada a la transparencia jurídica e institucional-presentó el referido recurso de amparo. En ese momento, el Indec lo justificó en que la metodología vigente (la N° 13) permitía "cambiar la composición de los productos" y en que se podían "agregar o eliminar variedades y cambiar sus ponderaciones con objeto de mantener actualizada la canasta del índice", pero no otorgó precisiones. Luego, en la presentación del nuevo IPC, en mayo pasado, Paglieri justificó la eliminación de algunos productos estacionales de la medición -es decir, la reducción de su ponderación a cero- porque arrojaban "subas de precios aberrantes". LA NACION se comunicó con el Indec para conocer la reacción del organismo ante la decisión judicial, pero no obtuvo respuesta. Fuentes del Gobierno indicaron que se esperaba "la notificación" del tribunal antes de decidir los pasos por seguir.

Segarra señaló tres alternativas. La primera es que el Gobierno presente la información y luego la Cámara dicte sentencia. "Es probable que el fallo diga que el Estado cumplió y el tema se termine. Que la cuestión quede en abstracto, es decir, que no queda nada más para decir". La segunda opción es que el Gobierno no presente nada, la Cámara lo intime a hacerlo y le otorgue un plazo adicional para ello. En esa instancia puede imponer multas e incluso denunciar a funcionarios por incumplimiento de los deberes de funcionario público, agregó Segarra.

Aun así, puede ocurrir que el Gobierno no responda al pedido. Surge así la tercera alternativa: que la Cámara emita una sentencia sin esperar la respuesta. "Es de esperar que en ese fallo digan que no ha se incumplido con el reclamo y, ya en esa instancia, con una sentencia contraria, el Estado tiene la posibilidad de apelar ante la Corte Suprema. Si no lo hace, la sentencia queda firme y debe cumplirla", concluyó Segarra.