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Corte exige sentencia en la causa Clarín
Le ordenó al juez Alfonso resolver la cuestión de fondo y ordenó el sorteo “urgente” de jueces subrogantes para la Cámara que debe resolver
27 de noviembre de 2012
La Corte Suprema instó al juez de primera instancia Horacio Alfonso, del fuero Civil y Comercial Federal, para que resuelva en lo “inmediato” la cuestión de fondo sobre la inconstitucionalidad del artículo 161 de la Ley de Medios, y rechazó la pretensión del Grupo Clarín que el tema sea resuelto por el máximo tribunal.

El juez Alfonso denunció, por su parte, estar sufriendo “presiones” que afectan a su familia.

En su sentencia, firmada por todos los magistrados, la Corte requirió al juez Alfonso “el inmediato dictado de la sentencia definitiva”. Para eso, “cualquier incidente que planteen las partes o terceros deberá ser interpretado restrictivamente en función de la rápida finalización del proceso”.

La Corte instó a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal a realizar “con carácter urgente” el sorteo de los jueces subrogantes para integrar la Cámara en lo Civil y Comercial Federal. Ese tribunal está diezmado actualmente porque varios de sus jueces fueron recusados. En ese camino, la Corte le pidió al Consejo de la Magistratura que ponga a disposición en lo inmediato un mecanismo de sorteo informático. Dos jueces de la Cámara en lo Contencioso Administrativo deberán integrar la sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal, que luego debe resolver sobre algunas de las recusaciones.

El fallo de la Corte Suprema señala lo siguiente:

1°) Requerir al juez de primera instancia el inmediato dictado de la sentencia definitiva. Con ese objeto, cualquier incidente que planteen las partes o terceros deberá ser interpretado restrictivamente en función de la rápida finalización del proceso; además, el juez de la causa deberá exigir a las partes y terceros el cumplimiento estricto del deber de buena fe procesal, adoptando las medidas necesarias para prevenir conductas obstruccionistas y, en su caso, aplicar las sanciones que correspondiesen.

2°) Requerir a la Cámara Nacional de Apelaciones en la Civil y Comercial Federal, Sala I, que ordene formar un legajo de capias de la causa en trámite ante su sede a fin de ser enviada al juzgado interviniente, para el caso de que le fueran solicitadas dichas actuaciones.

3°) Hacer saber a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que, previo cumplimiento de las citaciones correspondientes, deberá proceder con carácter urgente al sorteo de los jueces subrogantes requeridos.

4°) Convocar de inmediato a la sede de esta Corte a los presidentes de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal y de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, y al juez subrogante del Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal n° 1, a fin de notificarlos personalmente de la presente.

5°) Ordenar la habilitación de días y horas que fueran menester para el cumplimiento de todos estos actos, incluyendo el dictado de la sentencia definitiva.