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Condenas por el caso Marita Verón
El Tribunal de la Cámara Penal tucumana dictó penas de hasta 22 años de prisión por el secuestro y promoción de prostitución de la joven
8 de abril de 2014
El Tribunal de la Cámara Penal de Tucumán condenó hoy a penas de entre hasta 22 años de prisión a los diez condenados por el secuestro y promoción de la prostitución de Marita Verón.

Nueve quedaron presos, y a una mujer le concedieron el arresto domiciliario por 15 días en el nuevo fallo tras la revisión ordenada por la Corte provincial.

La decisión la tomaron los camaristas Emilio Páez de la Torre, Dante Ibáñez y Juana Juárez.

Condenaron a 22 años de prisión a José "Chenga" Gómez y Gonzalo Gómez por el secuestro de la joven tucumana y su sometimiento a la prostitución.

Además, el tribunal le dio 18 años de prisión a Daniela Milhein, acusada de mantenerla cautiva para explotación sexual.

La misma pena recibió Alejandro González.

La condena fue de 17 años para Carlos Luna y Pascual Andrada; 15 para Azucena Márquez; 12 para Humberto Derobertis y 10 para Mariana Bustos.

A todos, el Tribunal les dictó prisión preventiva mientras la sentencia no esté firme.

A Paola Gaitán, condenada a diez años de prisión, le concedieron 15 días de arresto domiciliario.

Tanto los fiscales como los abogados de Susana Trimarco, la mamá de Marita, habían pedido la pena máxima de 25 años de prisión para quienes consideran coautores del secuestro: los hermanos Gómez, Milhein y González.

En diciembre de 2012, al cabo de diez meses de juicio oral, el tribunal formado por Alberto Piedrabuena, Emilio Herrera Medina y Eduardo Romero Lascano había absuelto a los 13 imputados originales.

Esa sentencia desató violentas protestas y un pedido de Trimarco de que sus firmantes fueran sometidos a un juicio político que no prosperó.

Al año siguiente la Corte Suprema tucumana anuló la absolución, condenó a diez de los imputados, absolvió a dos (María Jesús Rivero y Víctor Rivero) y dio por extinguida la acción penal contra Lidia Medina, quien había muerto unos meses antes.

La Corte tomó la decisión al considerar probado que María de los Angeles Verón, “Marita”, fue secuestrada el 3 de abril de 2002, retenida primero en una casa de la capital tucumana y luego trasladada a La Rioja, donde fue obligada a prostituirse.