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Reforma laboral: puntos clave del acuerdo con la CGT
Luego de una reunión que la central obrera tuvo con el ministro de Trabajo Jorge Triaca, se llegó un acuerdo entre ambas partes para que la iniciativa sea debatida en el Senado
17 de noviembre de 2017
El Ministerio de Trabajo logró consensuar con la CGT el proyecto de la Reforma laboral para que la iniciativa sea debatida en el Senado y, más adelante, en Diputados.

Luego de las declaracones en contra de la reforma de los líderes sindicales representados por la central obrera, fueron 14 los puntos de discusión de un total de 144 artículos. Sim embargo, fueron 7 los puntos más relevantes y el resto son "de forma", que se tratarán en las negociaciones colectivas entre trabajadores y empleadores.

El primero de los puntos clave es el de banco de horas, el artículo 48 del borrador que establecía un régimen de compensaciones por horas extras y trabajos en días no laborables, con un plus de 50% a 100% en el pago, se eliminó. Cada convenio deberá tratar este tema más adelante.

Con respecto a las indemnizaciones, el artículo 49 fue acomodado. La paga debe ser del mejor sueldo del empleado que fue despedido sin causa. Además del salario y el promedio de las horas extras habituales, también deberán abonar el proporcional mensual del aguinaldo y el premio anual, mientras sea una práctica de la empresa.

El artículo 41, que trata el principio de solidaridad, fue reformulado para facilitarle a las empresas la contratación de servicios de personal externo sin relación de dependencia, en caso de desvinculación.

El artículo 162 de la reforma tributaria, que trata la promoción del empleo, propone partir de un tope de 12 mil pesos, a partir de la sanción de la ley, y ajustable por la inflación.

Uno de los referentes de la CGT, Héctor Daer, explicó que con esta medida "se pudo establecer un mecanismo para facilitar que alrededor de 900 mil trabajadores que están en relación de dependencia y no están formalizados tengan un camino para que sus empleadores los formalicen y tengan un reconocimiento de derechos individuales y aportes al sistema previsional desde el inicio de su relación laboral".

Con respecto a las pasantías, los artículos 80 a 84 del capítulo III, establece que se debe asegurar que son prácticas formativas y no una sustitución del empleo formal, tal como está regulado en cada convenio colectivo de trabajo.

En relación a los contratos de trabajo, el artículo 39 fue anulado, por lo que se mantendrá la protección del trabajador, en vez de igualarlo con el empresario.

El último punto clave de la reforma, los artículos 52 a 64 del capítulo II, tratan el Fondo de Cese Laboral, el cual será determinado caso por caso en los covenios colectivos de trabajo.