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Qué sanciones habría si no se cumplen las restricciones
Se espera que el presidente Alberto Fernández anuncie oficialmente la medida. Dispondría una sanción penal para quien no la cumplan
7 de enero de 2021
Las restricciones que se estableceran a partir de este viernes, tras la publicación del decreto presidencial que fue anunciado por el gobierno esta mañana, buscará evitar el aumento de contagios de coronavirus, que se está dando en muchos distritos del país.
El objetivo de la restricción es evitar las fiestas clandestinas y la aglomeración de personas en bares. En el Gobierno están muy preocupados por el comportamiento de los jóvenes, que en esta temporada de verano organizaron numerosas celebraciones sin barbijos ni distancia social.

En la Casa Rosada se busca que la medida esté vigente antes del fin de semana para comenzar a reducir la circulación de personas cuanto antes.

Para quienes no cumplan las restricciones, se aplicarán las sanciones incluidas en el artículo 205 del Código Penal, la misma norma que se utilizó en los decretos que establecieron la cuarentena el año pasado.
La figura legal está dentro del Capítulo IV del Título VII del Código Penal que tipifica los delitos contra la salud pública. “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”, establece.


Durante el 2020, también se apeló al artículo 239 del Código Penal, que establece que corresponderá “prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal”.

Ahora resta esperar el contenido del decreto del jefe de Estado y ver el lapso de duración de estas restricciones (se evalúa de 23 a 5 o 6 de la mañana) y que ciudadnos pueden quedar exceptuados de la medida.

rob