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Impuestazo a los inmuebles porteños
23 de noviembre de 2008
Durante su campaña Mauricio Macri sostenía que "no aumentaría los impuestos sino que los reduciría...".

Como Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) "cambió" radicalmente de opinión, como lo prueba el texto de la Ley Tarifaria y el Código Fiscal 2009, enviado para su aprobación a los legisladores de la ciudad de Buenos Aires.

Entre muchos otros, uno de los puntos más álgidos de la Ley es la triplicación del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que recae en los alquileres, que de aprobarse afectaría sensiblemente a inquilinos, propietarios y al sector inmobiliario en general.

En la ciudad de Buenos Aires hay en alquiler 285.000 viviendas y 200.000 metros cuadrados utilizados como oficinas.

Este no era el momento oportuno para tratar de imponer una suba de impuestos, dada la situación económica y financiera actual, para ningún rubro o sector, no sólo para el inmobiliario.

Ricardo Daniel Andino, presidente de la Federación Argentina de Entidades de la Construcción –FAEC- señaló que dentro de "la debilidad del sector público argentino, jurisdicciones con algún grado de autonomía como la CABA, pero con recursos financieros con escasa o nula soberanía, dependen mucho de la jurisdicción mayor con sus propios problemas, pero con más herramientas para hacerse de recursos (Res. 125, AFJP, impuesto de emergencia, al cheque, entre otras) como es la Nación".

No tienen –añadió- "la elasticidad necesaria para bajar sus gastos (huelga de docentes, inflación, el Colón, otras obras públicas) y quedan embretadas de tal manera que acuden al aumento de los impuestos como única forma que se imaginan para atender los requerimientos del presupuesto".

Recordó Andino que "parte de los fundamentos de CABA es la imposibilidad de colocar deuda en el extranjero, sea porque la Nación no hace su parte en el trámite o porque los mercados internacionales en el contexto actual, no otorgarán ningún tipo de financiación a una jurisdicción dentro de la República Argentina".

La filosofía de meter mano en los ingresos con rentas más elevadas conlleva, por una parte, la injusticia de no separar los casos en que "tal renta es muchas veces el único o más importante ingreso de una pensionada que heredó la casita del marido fallecido, por ejemplo, que es distinto del que hace de la renta locativa su más importante o única actividad", añadió.

Lo grave es que "los costos de la locación que, en la mayoría de los contratos en ejecución, suelen ponerse a cargo de los inquilinos y es de suponer que en los nuevos, de persistir la escasez de oferta, muy probablemente se opere de la misma forma", aseguró Andino.

Por su parte, Carlos Barriopedro, asesor en inversiones de Patagonia Investment explicó que "desde el punto de vista jurídico, las modificaciones propuestas son válidas, aumenta algunas alícuotas de impuestos que ya existen, o incorpora a esos impuestos sectores que hasta ahora estaban excluidos".

Pero todo costo que se le "agrega al inquilino o al que compra una vivienda, sumado a la falta de créditos hipotecarios, va a contribuir a que haya menos demanda, los propietarios tengan menores rentabilidades e incida en el mercado inmobiliario en general.", finalizó Barriopedro.

Algunos de las modificaciones impositivas para el 2009

En la actualidad, los alquileres tributan por Ingresos Brutos, 1,5%. Están exentos los ingresos del propietario por el alquiler de hasta dos unidades para vivienda siempre que no superen los $1.200 mensuales (el proyecto presentado propone elevar este valor a $3.500). Los alquileres comerciales, tributan el 0,5% en concepto del Impuesto al Sello.

El texto de la Ley Tarifaria 2009 establece una tasa del 4,5% para la locación de inmuebles, ya sean servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia, con bienes propios o arrendados; servicios inmobiliarios de alquiler de propiedades con servicios brindados para el normal funcionamiento de oficinas, comercios e industrias.

En el caso específico de la locación de bienes inmuebles con fines turísticos la tasa se ubicaría en el 6%.

Siendo la alícuota actual del 1,5% la carga fiscal soportada se triplicaría o cuadruplicaría, de acuerdo al tipo de alquiler cobrado.

Para agravar y "gravar" más las cosas, también pretende aplicar un 0,8% de Impuesto de Sellos a los "contratos entre privados", de acuerdo con el proyecto de ley tarifaria que va en paquete con el presupuesto, con lo que una póliza contra robo o incendio de una propiedad, también aumentaría.

Hay más: propone un revalúo para la tasa Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) para las propiedades adquiridas a partir del 1° de enero de 2009.

Cuando se realice una operación de venta, si el 20% de la valuación declarada supera la valuación fiscal de la propiedad, el gravamen territorial comenzará a ser aplicado para el comprador, sobre el monto equivalente a ese 20 por ciento.

Tendiente a endurecer la posibilidad de que los jubilados queden exentos del pago de ABL intenta que, a partir de 2009, el beneficio sólo alcance a los que cobran el equivalente a una jubilación mínima, siempre y cuando no tengan un auto valuado en más de 16.500 pesos. Actualmente, quedan eximidos si perciben un haber igual a dos jubilaciones mínimas.

Por ahora no hay consenso de aprobación en la Legislatura.