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25 de abril de 2024
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A pesar de la Justicia, los K reglamentaron la Ley de Medios
El Ejecutivo oficializó el decreto 1225 a través del Boletín Oficial por lo cual entra en vigencia la norma, aunque la Justicia aún debe resolver varios planteos cuestionando la polémica ley por inconstitucional
1 de septiembre de 2010
El Gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto de reglamentación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, impulsada por el Poder Ejecutivo y sancionada por el Congreso hace poco más de un año, pese a que la Justicia aún debe resolver varios planteos en contra de la norma.

La articulación de la norma 26.522, también conocida como Ley de Medios, fue oficializada mediante del decreto 1225/2010, firmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; y entrará en vigencia desde hoy.

El decreto faculta, además, a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, que aún no fue completamente constituida porque la oposición no designó a sus representantes, a dictar las normas complementarias y aclaratorias de la reglamentación que se aprueba por el presente decreto.

En junio último la Corte Suprema revocó una de las medidas cautelares que paralizaban la aplicación de la ley de medios.

Sin embargo, la norma siguió suspendida porque otros cuatro fallos seguían, y siguen vigentes.

En aquel fallo, el máximo tribunal dejó expresamente en claro que la sentencia no se pronunciaba sobre la validez o inconstitucionalidad de la ley 26.522, sino sobre la falta de atribuciones de un legislador, Enrique Thomas (Peronismo Federal-Mendoza), para cuestionar una ley del Congreso y sobre la falta de autoridad de los jueces para paralizar la aplicación de toda una ley.

En su planteo, Thomas afirmó que los diputados kirchneristas incurrieron en graves irregularidades durante la sanción de la norma.

La jueza federal de Mendoza Olga Pura Arrabal dictó una medida cautelar y la Cámara Federal de ese distrito la confirmó. Frente a esa situación, el Gobierno presentó un recurso extraordinario. El tribunal se expidió con una celeridad poco usual en la Justicia y en medio de explícitos reclamos de ministros del Poder Ejecutivo para que la Justicia restableciera rápidamente la vigencia de la ley.

La Corte resolvió que los legisladores no pueden cuestionar el trámite de una norma ni los jueces suspenderla en forma completa para todo el territorio.

La ley de medios audiovisuales, que pretende introducir fuertes cambios en el mercado de las empresas del sector, fue sancionada en octubre último y cuatro jueces y dos cámaras federales dictaron distintas medidas cautelares.

El 161. El artículo que cosecha más cuestionamientos es el 161, que obliga a las empresas a vender las licencias en un año. En la reglamentación de ese artículo se establece que la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), que dirige Gabriel Mariotto, "establecerá los mecanismos de transición a los fines de adecuar la situación de la totalidad de los licenciatarios". Precisa que las empresas que no cumplan con los requisitos que establece la ley en términos de cantidad y tipo de licencias deberán iniciar el trámite de "adecuación" a través de una declaración jurada en la que "propongan la regularización de su situación". Se establece además que la Afsca "podrá proceder a constatar de oficio la efectiva adecuación a las disposiciones del artículo 161".

Por otra parte, queda autorizada la adecuación a la nueva normativa a través de la transferencia de licencias. Este proceso podrá ser voluntario, es decir que los licenciatarios "podrán transferir licencias a un tercero que cumpla con los requisitos legales" o bien "otorgarle dicha facultad a la Autoridad de Aplicación para la licitación respectiva". Queda consagrada además la "transferencia de oficio" en los casos en los que los titulares de las licencias "no dieran cumplimiento a las disposiciones de la ley en los plazos previstos".

Más allá de lo resuelto por La Corte Suprema en junio último, la ley siguió suspendida porque otros jueces federales dictaron medidas cautelares de distinto alcance.

A principios de año, un juez federal de San Juan suspendió -a pedido del grupo Vila- el artículo 161. En la Capital Federal, en una causa promovida por el Grupo Clarín, el juez federal Edmundo Carbone dictó otro fallo similar y, a comienzos de mes, la Cámara Federal Civil y Comercial confirmó la suspensión de ese artículo particular, porque esa norma viola el derecho de propiedad de los medios.

También hay otras dos causas en Salta: una promovida por la asociación Comité de Defensa de los Consumidores (Codelco) y la otra por la diputada Zulema Daher, con dos medidas cautelares que siguen en pie. Una de esas cautelares suspendió la vigencia de toda la ley.

En estos casos se hacen planteos vinculados con el derecho de los ciudadanos a ser informados, al contenido de la norma y a su impacto sobre la libertad de expresión. Finalmente, la provincia de San Luis promovió una demanda contra la ley, que tramita en la Corte, y no se descarta que en las próximas semanas se formulen otros muchos planteos.