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26 de abril de 2024
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La Corte dictaminó que Uñac no puede ser candidato en San Juan
Lo sostuvo en un fallo que fue en la misma línea que el Procurador General Eduardo Casal. El caso se había iniciado por una presentación de la oposición provincial
1 de junio de 2023
La Corte Suprema de Justicia sostuvo que la candidatura de Sergio Uñac para el cargo de gobernador en la provincia de San Juan, es inconstitucional impidiendo así, su postulación para los comicios que fueron suspendidos hace veinte días.

Esta semana el Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, había opinado en ese mismo sentido sobre la pretensión de buscar un nuevo mandato, algo que entendieron viola las restricciones que impone la constitución provincia.

El Máximo Tribunal determinó que Uñac está inhabilitado para postularse en estos comicios y estableció además un criterio amplio en materia de prohibición de reelecciones.

En la resolución se señaló que la Constitución Nacional "establece una pauta republicana que las impide aunque no haya una prohibición expresa en las constituciones provinciales, lo que podría aplicarse a muchos casos, incluyendo gobernadores e intendentes".

Bajo este criterio se estableció un concepto amplio en materia de los límites a las reelecciones.

Los jueces de la Corte expresaron que la Constitución Nacional "establece una pauta republicana que las impide aunque no haya una prohibición expresa en las constituciones provinciales, lo que podría aplicarse a muchos casos, incluyendo gobernadores e intendentes".

Después de recepcionar los informes de la Fiscalía de Estado de San Juan, que defendió la candidatura de Uñac, la Corte pidió la opinión del Procurador Casal quien en su dictamen, que no resultaba vinculante, indicó:

"En mi opinión queda sellada la suerte adversa de la postulación del señor Uñac, quien fue elegido como vicegobernador y luego -en las dos contiendas electorales inmediatas siguientes- como gobernador, frente a lo cual su nueva postulación se sitúa fuera de la limitación establecida en el artículo 175 de la Constitución de San Juan".

Es el articulado de la Constitución provincial el que se puso bajo discusión, ya que es el que estipula el límite respecto a quienes pretenden buscar una reelección en los cargos de gobernador y vicegobernador.

Bajo este criterio la oposición sanjuanina había señalado que la pretensión de Sergio Uñac de ir por un mandato más, violaba la letra de la propia constitución sanjuanina, omitiendo las restricciones que buscan preservar los principios republicanos que establece la Constitución Nacional: la alternancia y la renovación de autoridades.

Hay que recordar que Uñac fue elegido vicegobernador para el período 2011-2015; luego resultó electo gobernador para el período 2015-2019; y nuevamente fue elegido gobernador para el período 2019 2023, cargos que desempeñó de manera íntegra y consecutiva, "razón por la cual le cabe la inhabilitación para volver a ser candidato y ocupar el cargo de gobernador o vicegobernador de la provincia de San Juan para el período 2023-2027", denunció la oposición.

Este jueves durante el acuerdo los ministros de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, se pronunciaron sobre el fondo de la discusión: resolver si la candidatura de Sergio Uñac violaba los límites impuestos por la Constitución provincial o no. Ricardo Lorenzetti no votó, porque tampoco había participado del acuerdo en el que se aceptó la cautelar que pedía suspender la elección a gobernador de San Juan.

Al analizar la situación, el Máximo Tribunal consideró que las intenciones de ir por otro mandato para el período 2023 - 2027, era inconstitucional.