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Presupuesto: blanqueo para permitir comprar propiedades usadas
Lo presentó el Gobierno. Incorpora dos artículos que abren la puerta a nuevos destinos para los fondos que se exterioricen en el marco del blanqueo para la construcción
16 de septiembre de 2022
El proyecto de Presupuesto que envió el Ministerio de Economía el jueves a última hora a Diputados, además de dar algunas pistas sobre la inflación, el dólar y el nivel de déficit previstos para 2023, también aprovecha para incorporar artículos a leyes ya aprobadas.

Dos artículos del proyecto incorporan nuevos destinos de los fondos que se blanqueen mediante la Ley N° 27.613 -denominada de Incentivo a la Inversión, Construcción y Producción Argentina- había sido promulgada el 22 de agosto.

El blanqueo tiene un plazo de 6 meses.

En el artículo 71, el Presupuesto establece que los fondos que se declaren (que deberán pagar entre 5 y 20% según establece la norma original) "también podrá destinarse a la adquisición de un inmueble usado", pero esa propiedad tiene que ser destinada a vivienda de quien blanquea y su familia o, "por un plazo no inferior a 10 años", a alquiler con destino exclusivo de casa-habitación (es decir, no comercial).

En los dos casos, el valor de compra del inmueble deberá ser igual o inferior a dos veces el mínimo no imponible del Impuesto a los Bienes Personales "vigente al 31 de diciembre del período fiscal inmediato anterior al de la mencionada adquisición”. En 2021 el mínimo fue $ 2 millones y pasará a $ 6 millones en 2022.

Por otro lado, en el artículo 72, Sergio Massa cumplió con un pedido que había hecho esta semana la CGERA, que nuclea a las pymes industriales: que se permita usar dólares sin declarar para ingresar al país mercaderías del exterior, un beneficio que solo tenía la industria de la construcción por el blanqueo.

El Presupuesto crea el “Régimen de Incentivo a la Inversión y Producción Argentina” mediante el cual los residentes en la Argentina podrán blanquear dólares en el país y en el exterior durante un año pero solo para pagar importaciones para consumo, incluidos servicios, destinados a procesos productivos.

Los fondos deberán depositarse en una Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Inversión y Producción Argentina "en la forma y en los plazos que establezcan la AFIP y el Banco Central".

El impuesto que deberán pagar en este caso es similar al que estaba establecido para la Construcción:

-- Desde la fecha de entrada en vigencia del Régimen y hasta transcurridos 90 días corridos: 5%.

-- Desde el día 90 hasta el 180: 10%.

-- Desde el día 180 hasta el año: 20%.

Los dólares se valuarán al tipo de cambio comprador del Banco Nación.