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20 de abril de 2024
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Mató a su mujer y le bajan la pena porque ella era infiel
En un hecho insólito, a un condenado a prisión perpetua la Justicia le consideró un 'atenuante' que la esposa exhibiera sus relaciones paralelas
2 de mayo de 2008
Atenti a aquellas mujeres infieles... Con la Justicia siempre puede haber sorpresas. Si no, lean la siguiente historia:

Había sido condenado a prisión perpetua por matar su esposa, pero logró que le redujeran la pena a 15 años porque la Justicia tuvo en cuenta que ella lo había desafiado diciéndole que lo engañaba con su socio y le había mostrado unos e-mails "procaces" que intercambió con un italiano.

La resolución fue tomada por la Sala II de la Cámara de Casación Penal bonaerense, que hizo lugar a un recurso de la defensa en el que se pedía atenuar la pena teniendo en cuenta las "circunstancias extraordinarias" que le había tocado atravesar al imputado.

Según surge de la resolución, el Tribunal en lo Criminal Nº 5 de Lomas de Zamora había condenado al técnico en computación P.A.V. a perpetua porque, el 6 de marzo de 2000, había asesinado a cuchilladas y mazazos a su mujer en Banfield y se había atrincherado dos horas en su casa antes de entregarse.

Esos jueces había descartado los atenuantes esgrimidos por la defensa cuando se hicieron los alegatos en el juicio oral. Pero la Cámara de Casación ahora valoró el hecho de que, un año antes del crimen, la mujer -identificada como S.M.- "le hizo saber de modo explícito a su marido que quería divorciarse" porque tenía otras relaciones.

"(La mujer) permitió que (su esposo) se enterara de que tenía una relación sentimental irregular con su socio en el trabajo, al dejar en el escritorio del domicilio conyugal los e-mails, poniendo también en conocimiento de su marido los diálogos procaces que, vía chat y correo electrónico, mantuvo con un italiano", remarcó el fallo, según informó la agencia Télam.

De la resolución también surge que la relación matrimonial se hallaba destruida desde hacía muchos años, que los cónyuges no mantenían relaciones desde hacía cerca de tres años y que el único sostén del matrimonio era la "insistencia" del hombre en seguir teniendo una familia.

A esto se sumaba "el maltrato, los insultos y la abierta actitud de la víctima al mantener comunicaciones telefónicas y vía Internet, de tenor romántico y sexual, y las numerosas comunicaciones telefónicas" con su amante, a quien llamaba especialmente durante la madrugada.

A la hora de evaluar si correspondía o no atenuar la pena -que la defensa pretendía disminuir a 8 años de cárcel-, los camaristas también valoraron que P.A.V. presentaba una personalidad "con rasgos obsesivos, rigidez, irritabilidad y obstinación, con rasgos psicopáticos tales como la baja tolerancia a la frustración".

En su voto, el camarista Jorge Celesia -tomó la resolución junto con Fernando Mancini y Carlos Mahiques- destacó que por ese motivo las actitudes de la mujer "repercutieron en la particular estructura psicológica (del imputado) como circunstancias extraordinarias de atenuación".

"Las largas desavenencias con su cónyuge hicieron resentir seriamente en él los sentimientos de respeto, afecto y consideración que naturalmente vinculan a los esposos", agregó el magistrado.

También tuvo en cuenta "la valoración que el autor pudo realizar de los contactos que, por medios electrónicos y telefónicos, efectuara su esposa con personas del sexo masculino, teniendo en cuenta que la informática resultaba el leit-motiv de su vida".

El camarista concluyó que, por su personalidad, "no podía aceptarla ruptura porque el divorcio implicaría un real fracaso y desintegración de su propio ser".