El Senado derogó el polémico Código de Justicia Militar - Asteriscos.Tv
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26 de abril de 2024
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El Senado derogó el polémico Código de Justicia Militar
Tras el voto "no positivo" de Cobos, volvió a sesionar para crear una comisión investigadora de evasión en cereales y derogar ese Código muy cuestionado
6 de agosto de 2008
Tras la votación histórica contra las retenciones móviles, el Senado volvió a la actividad.

Convirtió en ley el proyecto de derogación del Código de Justicia Militar que regía desde 1951, el único que contemplaba aún la pena de muerte en la Argentina, y a partir de ahora los efectivos de las Fuerzas Armadas serán juzgados por la justicia civil, ante la cual además podrán apelar las sanciones disciplinarias.

La norma, que contaba con media sanción de Diputados desde el 7 de noviembre de 2007, fue aprobada en general por unanimidad, aunque hubo algunos disensos en cuatro artículos de la votación en particular.

A la sesión asistió la ministra de Defensa, Nilda Garré.

El miembro informante fue el justicialista pampeano Rubén Marín, quien hizo una exposición en la que señaló las falencias del sistema de justicia militar, en especial la falta de garantía de defensa de los acusados.

Por su parte, el socialista Rubén Giustiniani destacó que se estaba haciendo una reforma "de gran trascendencia" al eliminar "la justicia entre pares".

Recordó que con el regreso de la democracia el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas fue el primer tribunal en entender en las denuncias por violaciones a los derechos humanos contra los ex comandantes, y que cerró la causa sosteniendo que no había pruebas fehacientes de que esos hechos hubieran ocurrido.

La nueva ley asegura a los militares que serán juzgados con las mismas garantías que la Constitución Nacional reconoce a todo ciudadano, para lo cual se incorporan al Código Penal delitos específicamente castrenses y se modificará el Código Procesal Penal.

Se establecerá además un Procedimiento Penal Militar para Tiempos de Guerra, así como un Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas, que prescriba faltas de carácter administrativo, aunque todos los fallos de estos orígenes serán apelables ante la Justicia Penal.

La ley comenzará a regir a los seis meses de su promulgación, período durante el cual se llevará a cabo en las áreas pertinentes un programa de divulgación y capacitación sobre su contenido y aplicación.

Si bien la pena de muerte que contemplaba el Código de Justicia Militar estaba en desuso, con su eliminación el país se adapta al Pacto de San José de Costa Rica, que la prohíbe totalmente.

La norma también incorpora como falta gravísima el acoso sexual del superior sobre personal jerárquicamente inferior, y en carácter de falta grave el acoso sexual cuando no existe una relación jerárquica o de superioridad entre las personas involucradas.

El texto fue elaborado en 2006 por una comisión integrada por juristas penales y auditores de las Fuerzas Armadas, cuya convocatoria fue realizada desde el Ministerio de Defensa.

De este modo se cumple el compromiso asumido por el Estado Argentino ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en los casos caratulados "Rodolfo Correa Belisle v. Argentina" y "Argüelles y otros vs. Argentina".

El compromiso consistía en impulsar la reforma integral del sistema de administración de justicia penal en el ámbito castrense, a fin de adecuarlo a los estándares internacionales de derechos humanos.

El Senado inició a las 15.55 la sesión en la que tenía previsto tratar la derogación del Código de Justicia Militar, la Ley del Nombre y la creación de una comisión bicameral para investigar las exportaciones de cereales de los últimos meses.

Con la presencia del titular de la Cámara alta, Julio Cobos, y más de 50 senadores presentes se dio comienzo a la sesión en la que también se tratarían algunos acuerdos para jueces y para ascensos de militares.