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11 de mayo de 2024
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Aval a Capitanich como director de la autoridad de medios
La Justicia consideró que no hay incompatibilidad en que gobernador del Chaco se desempeñe en la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA)
27 de mayo de 2011
El Juzgado Civil y Comercial de Primera Instancia de la Vigesimoprimera Nominación de Resistencia, suspendió los efectos de las resoluciones que hacían referencia a la supuesta incompatibilidad del gobernador en su cargo.

El magistrado dio cuenta de la verosimilitud del derecho invocado por el gobernador.

El fallo del Juzgado Civil y Comercial de Primera Instancia de la Vigesimoprimera Nominación de Resistencia, a cargo del Julián Benito Flores, dispuso hacer lugar a la medida cautelar promovida por Capitanich.

De esta manera quedan suspendidos los efectos que deriven de las Resoluciones Nº 1536/11 y 1572/11 las que daban cuenta de una supuesta incompatibilidad por el desempeño del primer mandatario como director de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA).

Frente a las Resoluciones dictadas por el Fiscal de Estado Héctor Omar Miró, titular de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, Capitanich se vio obligado a presentar una medida cautelar ya que sostenía la inconstitucionalidad de lo dictado en virtud de que el Fiscal omitió considerar las facultades federales del gobernador plasmadas en la Constitución Provincial.

A razón de lo solicitado por el gobernador, la Justicia dispuso hacer lugar a la medida cautelar promovida, quedando de esta manera suspendidos todos los efectos que deriven de las Resoluciones cuestionadas.

Para tomar la decisión el juez Flores tuvo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado por el gobernador, así como también el peligro que implica la demora para el ejercicio del mandato popular electivo que le corresponde en tanto primer mandatario de la provincia.

Como consecuencia de esto, la Justicia señala que “indirectamente se avasalla y subyuga el interés general de una gran parte de la sociedad, desconociendo la voluntad soberana de quienes en libertad y democráticamente eligieron a Capitanich para que de manera democrática también, concluya su mandato en diciembre de este año, y no por las vías de hecho que sugiere el Fiscal cuando lo ‘insta’ a cesar en la supuesta incompatibilidad constitucional”.

Del mismo modo, la decisión judicial remarca que “admitir el ejercicio de las prerrogativas investigativas de un fiscal determinan la medida y alcance de los derechos políticos de las personas (ejercidos en el marco de un estado de derecho y seguridad jurídica), importaría pura y simplemente, invertir la legalidad que nos rige como nación y provincia organizada; y como pueblo esperanzado en las instituciones democráticas, en los derechos, libertades y garantías que se adoptó a través de la Constitución Nacional y Provincial”.