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28 de marzo de 2024
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La Justicia excarceló a un acusado de abuso sexual por 600 pesos
Pese a que no se presentó a una citación y cambió de domicilio sin avisar, la Cámara del Crimen decidió liberarlo tras el pago de una fianza. Apenas si lo declararon "rebelde"
26 de octubre de 2011
Un acusado de abuso sexual, que fue declarado "rebelde" por la Justicia por no presentarse cuando fue citado, y además cambió de domicilio sin avisar al tribunal, fue excarcelado mediante el pago de una fianza de sólo 600 pesos.

El fallo fue adoptado por mayoría por la Sala Séptima de la Cámara del Crimen, con el voto favorable de los jueces Mauro Divito y Rodolfo Pociello Argerich, y la disidencia de Juan Cicciaro.

El imputado, cuya identidad se mantiene en reserva, había sido ya beneficiado con una probation el 5 de julio de 2007, y ahora está procesado por "abuso sexual simple, lesiones leves y amenazas".

El juez Cicciaro, en su voto en minoría, entendió que "ha sido declarado rebelde en esta causa tras no comparecer a las citaciones cursadas al domicilio que en su oportunidad aportó y del que se mudara sin comunicarlo, no obstante el compromiso que asumió al disponerse su soltura".

"Además, surge de la circunstancia de haber informado otro lugar de residencia, en el que tampoco fue ubicado, de todo lo cual se desprende que carece de arraigo", evaluó.

Pero sus colegas de sala discreparon con su análisis y entendieron que "la ausencia de antecedentes condenatorios permite sostener que una eventual sanción podrá ser de cumplimiento ficto", es decir que una condena en juicio oral podría ser dejada en suspenso.

"Debe hacerse lugar al instituto impetrado por la defensa oficial, ya que el imputado ha informado fielmente su filiación en esta causa y el domicilio que aportara en su oportunidad hubo de ser constatado", contradijeron Divito y Pociello Argerich a su colega.

No obstante, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones que demanda el proceso, impusieron una "caución personal" de 600 pesos y "el deber de concurrir quincenalmente a la secretaría del juzgado" para certificar que se someterá a la acción de la Justicia.