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19 de abril de 2024
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La Rosada niega la pesificación, pero...
A pesar de las desmentidas, las reformas introducidas en los códigos Civil y Comercial abren la puerta a pesificar los contratos firmados
12 de junio de 2012
Si bien el ministro de Justicia, Julio Alak, aseguró hoy que el Gobierno no impulsa una "pesificación de contratos ni de ahorros" con los cambios introducidos en el proyecto de reforma y unificación de los códigos Civil y Comercial ingresado al Senado, los cambios de último momento introducidos por el Poder Ejecutivo al proyecto original elaborado por un grupo de juristas, surge que pesificar sería una posibilidad concreta.

"Lo que hace el proyecto del nuevo Código Civil es establecer la primacía de la voluntad de las partes en los contratos civiles. No hay pesificación ni de contratos, ni de ahorros. Lo que se hace es volver al concepto clásico de moneda de un país", sostuvo el funcionario, en un intento por aclarar una situación de por sí compleja.

La posibilidad de pesificar ahorros no surgía del proyecto sino que se venía instalando en el mercado financiero a partir de las fortísimas restricciones aplicadas por el gobierno nacional a la compra de divisas, utilizando como ariete a la AFIP.

En declaraciones a la TV Pública, Alak garantizó que en la modificación del Código Civil "se respeta la voluntad de los particulares, por lo que si un contrato se pacta en moneda extranjera, se deberá respetar lo que establece ese contrato".

"El espíritu del Código de Dalmasio Vélez Sarsfield es la plena vigencia de una moneda nacional, el peso. Pero eso no impide que entre las partes se pueda convenir un contrato en moneda extranjera", enfatizó.

Alak señaló: "No podemos permitir que se confunda a la población. El que quiere vender una casa en dólares lo puede hacer perfectamente. Esto no se ha alterado para nada" en la modificación propuesta por el Poder Ejecutivo.

Pero aclaró: "Lo que permite el articulo 765 (del Código Civil) es que si las partes no incluyeron como cláusula pagar en moneda extranjera, se puede pagar en pesos".

El proyecto de reforma de ese Código -que establece la opción de pesificar deudas- ingresó la semana pasada al Senado. La propuesta que debatirán los senadores establece en su artículo 765: "Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor podrá liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial".

El artículo siguiente, el 766, completa la idea de pagar en dólares las deudas contraídas en dólares: "El deudor debe entregar la cantidad correspondiente de la especie designada, tanto si la moneda tiene curso legal en la República como si no lo tiene".