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19 de marzo de 2024
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La Corte dijo que si un trabajador pierde un juicio laboral deberá pagar gastos
Ordenó que una persona pague los honorarios de abogados y peritos tras haber perdido un reclamo por no haberse presentado a que un médico revisara su supuesta incapacidad
4 de julio de 2017
Con los votos de cuatro de sus cinco miembros, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó hoy un nuevo fallo a la Justicia laboral para que imponga los gastos del juicio, es decir los honorarios de los profesionales que intervinieron en el mismo, a un trabajador que perdió el pleito no pudo demostrar la incapacidad que dijo haber sufrido mientras se dirigía a su trabajo por no haber acudido a las citas con los peritos para que constataran su lesión.

"El rechazo de la demanda se debió a la actitud renuente asumida por el actor (el trabajador que hizo el juicio) frente a las reiteradas citaciones que el perito médico le cursó con el objeto de practicar el informe pericial encomendado, prueba esencial para la determinación de la incapacidad laboral alegada", destacó el tribunal.

El trabajador, llamado Enrique Eduardo López, inició una demanda contra Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales porque ésta no le reconoció el pago de una indemnización de un accidente que dijo haber sufrido camino al trabajo y que lo incapacitó en un 20% para el cumplimiento de sus tareas.

López perdió el juicio en primera instancia al entender el juez interviniente que no se pudo comprobar el grado de incapacidad por la actitud "renuente" a hacerse ver por el perito. Por ello, le impuso las costas (gastos) del juicio.

Sin embargo, la sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con los votos de Diana Cañal y Néstor Rodríguez Brunengo, si bien confirmó la sentencia por los mismos motivos invirtió la parte de las costas y las impuso todas a la empresa que había ganado el juicio.

"Podría contratar más gente, pero me acosan con los juicios laborales"

Hoy, la Corte, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz revocó la sentencia de la Cámara y ordenó un nuevo pronunciameinto en el que los gastos del juicio recaigan sobre quien lo perdió.

"El fallo prescinde de circunstancias relevantes del proceso, contiene solo una fundamentación aparente y no satisface la exigencia de validez de las decisiones que impone siempre la aplicación razonada del derecho vigente con adecuada referencia a los hechos comprobados de la causa", señaló el máximo tribunal sobre la decisión del tribunal inferior.

"No se verifica que en el caso se hubiera puesto en cuestión el derecho del demandante a formular su reclamo ante los tribunales competentes -prueba de lo cual es que el pleito tramitó con total normalidad en las dos instancias ordinarias- sino que solo debió juzgarse su responsabilidad por los gastos de un proceso cuyo resultado le fue adverso como exclusiva consecuencia de su obrar negligente", añadió la Corte.

El máximo tribunal revocó la sentencia de Cámara únicamente en ese aspecto de las costas porque consideró que tuvo una "manifiesta arbitrariedad" que perjudicó a la compañía de seguros que había ganado el juicio.