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29 de abril de 2024
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AFIP: Ya se puede gestionar el 35% por compra de dólares
Las persoans que compraron dólares y pagaron cuentas de tarjeta en esa moneda, ya pueden gestionar la devolución del 35% ante la AFIP
9 de febrero de 2021
Los empleados en relación de dependencia y los jubilados ya pueden solicitar ante la AFIP la devolución del 35% de retención por compra de dólar ahorro, pagos con tarjetas de crédito en moneda extranjera y servicios turísticos en el exterior, para lo cual el organismo habilitó una opción dentro de su página -en la pestaña "Siradig Trabajador"- a través de la cual se puede hacer la gestión.

Los interesados deben enviar la información correspondiente a su empleador al momento de completar el formulario 572 -utilizado para las deducciones de este gravamen- para que luego la AFIP la evalúe.

El procedimiento

El contribuyente tiene que ir a la sección "Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta", después "Pago a Cuenta - Resolución General (AFIP) 4815/2020" y ahí seleccionar los montos percibidos oportunamente.

Aquellas operaciones que se hayan realizado en 2021, se podrán computar en la liquidación anual o final, detalló la AFIP.

Por otra parte, las personas que no tributen Ganancias ni Bienes Personales, deberán tramitar el reintegro de la siguiente manera: los sujetos deberán contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), un Domicilio Fiscal Electrónico y una "Clave Fiscal". También, tendrán que informar el CBU de la cuenta bancaria propia, donde se depositará el saldo a favor.

En este caso, los pasos a seguir son: -- Ingresar con "Clave Fiscal" al servicio "Mis Aplicaciones Web". -- Seleccionar la opción "Nuevo" que se encuentra en el margen superior izquierdo; se abrirá una nueva pantalla donde se tiene que seleccionar nombre y los siguientes campos: Organismo: AFIP; Formulario: F746/A - Devoluciones y transferencias y Período Fiscal. -- El sistema mostrará el detalle de percepciones registradas en "Mis Retenciones" para ese período: se debe tildar cuáles son las que se quiere tramitar en devolución.

La AFIP aclaró que si el contribuyente detecta que tuvo percepciones no informadas, el sistema permitirá incorporarlas manualmente, a partir del mes subsiguiente a la fecha en que fueron practicadas.

En este caso, se podrán ingresar seleccionando "Agregar Percepción", informando Origen, Tarjeta, Fecha de Pago del resumen y/o liquidación/ Fecha de débito y Monto de la percepción.

Por último, para realizar el seguimiento de la solicitud de devolución, hay que ingresar con "Clave Fiscal" al Servicio "Mis Aplicaciones Web".