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20 de abril de 2024
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España aprobó la ley de memoria histórica
La norma permitirá que hijos y nietos de exiliados accedan a la nacionalidad. Además, condena el franquismo e indemniza a las víctimas de la dictadura
11 de diciembre de 2007
El pleno del Senado español aprobó ayer, pese a los votos en contra del Partido Popular y Esquerra Republicana de Catalunya, la conocida como ley de memoria histórica, que busca reparar los derechos de las víctimas de la guerra civil y de la dictadura franquista, al tiempo que amplía el acceso a la nacionalidad española de hijos y nietos de emigrantes.

La norma, que supone una condena expresa del franquismo y prohíbe las manifestaciones políticas en el Valle de los Caídos, donde se encuentra la tumba del dictador, fue aprobada sin la introducción de ninguna enmienda.

La ley obligará la retirada de todos los símbolos y monumentos que supongan una exaltación de la guerra civil o la represión. Los particulares deberán hacer lo propio si quieren continuar manteniendo las subvenciones públicas.

No obstante, la Iglesia podrá conservar los símbolos franquistas en sus edificios sin violar la ley si concurren razones "artístico-religiosas".

Asimismo, declara ilegítimos los tribunales, jurados, órganos penales y administrativos que se constituyeron durante la guerra civil para imponer condenas en juicios sumarios por cuestiones políticas, ideológicas o religiosas, aunque no anula las sentencias franquistas.

Esquerra Republicana de Catalunya rechaza la ley porque estima que se "ha quedado corta" al no anular las sentencias franquistas, mientras que el Partido Popular votó en contra al considerar que el texto rompe la esencia del consenso de la transición.

Nacionalidad. Para evitar el colapso de los consulados españoles, se acordó que la disposición referente a la nacionalidad entre en vigor en el plazo de un año desde la publicación de la ley en el boletín oficial, prevista para la próxima semana.

Por lo tanto, a partir de diciembre de 2008, los descendientes de españoles tendrán dos años para solicitar la nacionalidad española, plazo que el gobierno español puede prorrogar un año más.

En la explicación de motivos de la ley de memoria histórica se establece que se "amplía la posibilidad de adquisición de la nacionalidad española a los descendientes hasta primer grado -hijos- de quienes hubiesen sido originariamente españoles", independientemente de que hayan nacido en España, o sean hijos de emigrantes o exiliados.

Se aclara también que "se satisface una legítima pretensión de la emigración española, que incluye singularmente a los descendientes hasta segundo grado, de quienes perdieron la nacionalidad española por el exilio a consecuencia de la guerra civil (1936-1939) o la dictadura (1939-1975)".