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29 de marzo de 2024
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Insólito: por ley los caballos deben tener DNI
Los animales que se comercialicen en la provincia de Buenos Aires deben tener su cédula de identidad: un microchip que se colocará en el equino
29 de enero de 2008
Los caballos que se comercialicen a partir de ahora en la provincia de Buenos Aires tendrán su propio "documento de identidad", en el que deberá dejarse constancia de "las características del equino, por escrito y dibujadas", así como "fotos de ambos perfiles" del animal.

El Documento Único Equino (DUE) fue creado con la sanción de una ley aprobada a fines de 2006 y reglamentada ayer, a través de un extenso decreto en el que se especifican las características del nuevo sistema, que incluirá a los caballos "puros de raza o mestizos, y sin distinción por actividad, sexo y edad".

La utilización del DUE "constituirá un sistema de identificación, de control sanitario y de contralor en el traslado", reemplazando a las tradicionales marcas realizadas "a fuego", y será "individual, único, inviolable y auditable".

La tramitación y expedición del DUE estará a cargo del personal de las oficinas de Guías Municipales, de acuerdo con lo señalado en la edición de la fecha del diario El Día de esta ciudad.

Según lo señalado, "todo acto sobre equinos identificados que signifique transmisión de propiedad, deberá documentarse a los fines administrativos mediante el certificado de adquisición" que confeccionarán esas dependencias a cargo de esta cuestión.

En los casos en que un caballo sea enviado a un remate de feria, el transmitente deberá remitirlo acompañado por el DUE y autorizará al representante de la firma rematadora a suscribir la documentación necesaria.

Los datos volcados en el documento equino serán instalados en un microchip que se colocará en el animal. Para esto "se usarán dispositivos pasivos de radiofrecuencia, sin baterías, de larga duración y seguros para animales y seres humanos".

La aplicación del mismo "deber ser subcutánea o intramuscular", se señaló en la reglamentación de la norma.

La reglamentación publicada ayer en el Boletín Oficial establece que el DUE será "una cartilla" cuyas tapas "serán impresas en colores" y "estarán confeccionadas en papel ilustración".

En tanto, las hojas interiores del documento, de características similares al DNI, "será en papel de emisión controlada de alta seguridad".

El documento para los caballos "será codificado en el margen superior con numeración perforante" y "la codificación estará constituida por un carácter alfabético y seis dígitos numéricos".

El DNI deberá contener "datos identificatorios del equino; características físicas del equino (por escrito y dibujadas); fotos del equino (ambos perfiles) y lugar para colocar el troquel con el código del microchip y una filmina inviolable que cubra fotos y troquel; espacio para los datos del propietario y del médico veterinario actuante; espacio para anotar las transferencias de propiedad; espacio para anotaciones sanitarias; lugar para anotar las intervenciones veterinarias; y registro de envío a faena y bajas por muerte".