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28 de marzo de 2024
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Corte Suprema puso límites a las escuchas telefónicas
El máximo tribunal de Justicia declaró inconstitucional una ley que obligaba a las empresas de telecomunicaciones a registrar durante 10 años los diálogos
24 de febrero de 2009
La Corte Suprema de Justicia declaró hoy la inconstitucionalidad de una ley que obligaba a las empresas prestadoras del servicio de telecomunicaciones a registrar las llamadas telefónicas durante 10 años a fin de colaborar con el Poder Judicial y con el Ministerio Público.

Fuentes del máximo tribunal informaron a lanacion.com que el fallo fue resuelto hoy por mayoría de sus miembros.

La causa había sido iniciada por el abogado Ernesto Halabi, que promovió una acción de amparo contra la ley 25.873, que modificó la ley de telecomunicaciones número 19.798.

Aquella norma obliga a las empresas telefónicas a colaborar con el Poder Judicial y con los fiscales en tareas de escucha, dado que sin requerimiento de ninguna de esas autoridades, deben conservar el registro del tráfico de dichas llamadas para que la Justicia o los fiscales, eventualmente, puedan solicitarlas durante un plazo de diez años.

La encargada de realizar esta tarea es la Dirección de Observaciones Judiciales, que depende de la Secretaría de Inteligencia, por lo que el Gobierno podía acceder a dicha información.

El Estado siempre se amparó en la necesidad de combatir la delincuencia. Un juez federal de primera instancia declaró la inconstitucionalidad de la ley 25.873 y del decreto 1563/04.

La Cámara de Apelaciones, cuando confirmó el fallo, consideró que la cuestión no se había vuelto abstracta, pues si bien el decreto cuestionado había sido suspendido por otro de 2005, nunca fue derogado. El tribunal de apelaciones también señaló que el Estado esgrimió argumentos muy débiles para mantener la validez de normas tan controvertidas, las que, por cierto, también fueron dictadas en otras latitudes bajo la excusa de protegerse frente al terrorismo.

Frente a este fallo adverso, el Estado nacional dedujo recurso extraordinario y en virtud del mismo el caso llegó a la Corte Suprema.