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27 de abril de 2024
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Corte prohibió pesificar seguros de retiro en dólares
La Justicia descartó la pesificación de 2002 que las aseguradoras de retiro pretendían imponer sobre el ahorro en dólares. La sentencia corresponde a causa contra Siembra
3 de marzo de 2009
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó hoy pagar en dólares un seguro de retiro que había sido convenido en esa moneda.

El máximo tribunal descartó la aplicación de la pesificación dictada en 2002 al resolver que debe darse el mismo criterio de pago en la moneda convenida que la Corte dispuso el año pasado para los casos de las rentas vitalicias pactadas en dólares, según anticipó el diario La Nación.com.

La sentencia corresponde a la causa promovida por Raquel Alvarez contra la aseguradora Siembra, que había intentado transformar a pesos el rescate de dicho seguro.

El fallo cita la causa Benedetti, de septiembre de 2008, que se había resuelto en la misma dirección. En ese caso, la resolución se había hecho sobre el seguro de renta vitalicia, que, según lo resuelto, debió ser pagado en la moneda en la que fue convenido originariamente, es decir, en dólares, para evitar la licuación de los ahorros previsionales.

En ese caso, también una mujer había demandado a Siembra y al Estado por la pesificación de la pensión por fallecimiento de su esposo, adquirida en dólares, en 1997.

La Corte Suprema le dio la razón y declaró inconstitucionales los decretos 1570/01 y 214/02 de emergencia económica, que establecieron la pesificación.

"Con independencia de la naturaleza jurídica del seguro de retiro, lo cierto es que este ha quedado inserto en el régimen de emergencia cuya constitucionalidad se cuestiona", expresaron los jueces al remitir su pronunciamiento al fallo "Benedetti".

La causa había llegado hasta el máximo tribunal porque Siembra presentó un recurso de queja antes el fallo de la Cámara en lo Comercial que ahora la Corte Suprema rechazó.

La Cámara había ordenado que el seguro de retiro fuera pagado "en dólares estadounidenses o en su defecto en la cantidad de moneda nacional necesaria para adquirirlos".