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19 de abril de 2024
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El CIADI a favor de la Argentina
El tribunal aceptó los argumentos del Estado, reconociendo la emergencia económica y la pesificación de las tarifas. Satisfacción oficial
5 de octubre de 2006
Una resolución clave emitida ayer por el CIADI abre las puertas a un vuelco favorable para el país en las demandas, por una suma cercana a u$s20.000 millones, que diversas empresas mantienen contra la Argentina ante el organismo arbitral.

Concretamente, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), organismo que depende del Banco Mundial, aceptó como “legítima y necesaria” la Ley de Emergencia Económica que abrió paso a la pesificación de tarifas, al rechazar el reclamo por u$s270 M iniciado por la firma LG&E, inversora de Gas Cuyana y Distribuidora del Gas del Centro.

Sin embargo, el tribunal compuesto por los árbitros Tatiana B. De Maekelt (Venezuela), Francisco Rezek (Brasil) y Albert Jan van den Berg (Holanda), no termina de despejar todas las nubes referidas a este caso testigo, ya que deja abierta la posibilidad de analizar un daño a la empresa, aunque mucho menor que el pretendido.

La resolución reconoce claramente la emergencia que vivió la Argentina entre el 1º de diciembre de 2001 y el 26 de abril de 2003, un mes antes de la asunción de Néstor Kirchner en la presidencia, sin especificar el motivo de esa delimitación temporal.

Además, según informaron ayer en la Procuración del Tesoro, que comanda Osvaldo Guglielmino, el CIADI consideró que el artículo 11 del Tratado Bilateral de Inversiones entre la Argentina y los Estados Unidos es aplicable a crisis económicas y no sólo a acciones militares y de guerra. El citado artículo hace referencia a la potestad de las partes de implementar medidas para “mantener el orden público, la paz y la seguridad”.

El CIADI consideró “no probado” que el Estado argentino contribuyera a generar la crisis ni expropiara la inversión. También desestima que la Argentina haya adoptado “medidas arbitrarias” y que “el estado de necesidad” exime al país de responsabilidades, por lo que los inversores “deben afrontar las pérdidas”.

Lo que no termina de redondear una noticia positiva es la reserva que hace el tribunal para emitir un laudo definitivo en torno del caso. Es que la resolución establece que después de abril del 2003 hubo espacio para actualizaciones tarifarias, por lo que debe abrirse un proceso de renegociación de daños posteriores.

Por otra parte, el organismo señala una diferencia en el tratamiento dado por el Estado argentino a las inversiones en gas y en agua y electricidad.

Está claro que el CIADI analizará las demandas caso por caso, y que los laudos precedentes no fueron favorables para el país, amén de la posibilidad de apelación. De allí la cautela esgrimida.

Pero en el Gobierno citaban dos aspectos esenciales que permitían hablar de un “panorama inmejorable” para 90% de los casos pendientes. Por un lado, el holandés Albert Jan van den Berg, que avaló el fallo sobre LG&E, es considerado, según juristas referidos, el árbitro más prestigioso del mundo, con innegable influencia en las “salas” del CIADI que traten los siguientes casos. Un aval tan rotundo a la legitimidad de la emergencia económica –sostienen en el Gobierno– habilita argumentos similares para casi todos los juicios pendientes ante el CIADI.

De la mano de Guglielmino, la Procuración cambió el criterio que había esgrimido su predecesor en el cargo y ex ministro de Justicia Horacio Rosatti quien buscaba desconocer la legitimidad del CIADI para entender en causas en las que el monto demandado no tenía un techo justificado. La nueva orientación impone reconocer los laudos. De allí el valor de lo conocido ayer.