Noticias actualizadas las 24 horas Información clave para decidir
26 de abril de 2024
Seguinos en
Empresas podrán asegurarse contra la industria del juicio
El Gobierno, a través de la Superintendencia de Seguros, brindará a empresas la posibilidad de cubrirse contra fallos adversos por accidentes laborales
24 de enero de 2011
El Gobierno planea implementar un seguro que permita a las compañías cubrirse de las demandas de sus empleados ante la obligación de reparar el daño civil por accidente trabajo. La cobertura tendría como tope la suma de $ 1 millón, y un costo adicional para las empresas aún no determinado.

El anuncio lo realizó la propia presidenta, Cristina Fernández, en el Congreso de la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Carga (Fadeeac). Pero, parecía que todo había quedado en palabras.

Pero, según pudo saber el diario El Cronista, la Superintendencia de Seguros de la Nación emitirá en los próximos días la reglamentación de este seguro. La cobertura tendría como tope la suma de $ 1 millón, y un costo adicional para las empresas aún no determinado. Además, este nuevo seguro podrá ser ofrecido por compañías de seguro generales o por las Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (ART), según reveló a este diario el superintendente de Riesgos del Trabajo, Juan González Gaviola.

Sin embargo, las ART estarían en contra de que se establezca la cobertura especial para daño civil, mientras que hay compañías de seguros generales que están interesadas en ofrecerlo. La reparación por daño civil en caso de accidentes o enfermedades laborales está siendo ordenada en forma masiva a las empresas por los jueces del fuero laboral.

Desde 2004, cuando se produjo el primer fallo de la Corte Suprema de Justicia, presidida por Ricardo Lorenzetti, que reabrió la vía civil a los trabajadores, la cantidad de juicios por accidentes de trabajo creció de 2.947 a 50.019 a noviembre de 2010, con una estimación de 54.559 para todo el año pasado.

La Ley de Riesgos del Trabajo que creó las ART prevé compensar con una indemnización limitada la incapacidad parcial o total que pueda devenir, en un régimen cerrado.

Sin embargo, el fallo Aquino que emitió la Corte Suprema de Justicia en 2004 provocó un grave problema para las empresas, al declarar la inconstitucionalidad del artículo 39 de la Ley de Riesgos del Trabajo, que limitaba a casos "excepcionalísimos" el reclamo por la vía del derecho civil de un trabajador en los casos de accidente o enfermedades laborales.

"El fallo Aquino fue tomado como antecedente inapelable para las demandas que se presentaron con posterioridad y subieron exponencialmente los juicios por accidentes de trabajo. Esa sentencia y el juego normativo vigente impiden que la empresa pueda cubrirse con la ART de estas contingencias, produciéndose un doble juego perverso para la empresa", dijo un informe del estudio Adrogué, Marqués, Zabala & Asoc.

Ese trabajo puntualizó que, por un lado rige la obligatoriedad del seguro de la ART, que supuestamente cubre contra el riesgo laboral por accidente o enfermedad del trabajo, y por el otro, existe una "falta de cobertura cuando se ataca la constitucionalidad del artículo 39 y se reclama por la vía civil".

El problema de la vía civil es que no existe la imposición de los topes que la Ley de Riesgos del Trabajo establece para la reparación por incapacidad total o parcial del trabajador.

No obstante, la UIA se mostró disconforme con la solución que brindará la Superintendencia de Seguros, y el laboralista de la entidad Daniel Funes de Rioja pidió medidas de fondo a la alta litigiosidad del sistema.