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30 de abril de 2007
Sobre corrupción y el “Caso Skanska-TGN (Techint)”
La libertad de prensa y el derecho a la información

1. Introducción. Cuadro de situación

En diferentes y numerosas ediciones, principalmente de los diarios Clarín y La Nación se difundieron noticias sobre el “Caso Skanska-TGN (Techint)” -para esos medios sólo “Caso Skanska”- con una marcada orientación por mostrar dicho caso como un hecho de corrupción que involucraba a funcionarios del Gobierno Nacional.

De forma tendenciosa –ya que nunca los títulos y contenidos coincidían, algo habitual en numerosos medios periodísticos- y mediante recursos literarios que dejan al lector con más dudas que certezas sobre la realidad de los hechos investigados por los jueces López Biscayart y Montenegro, los columnistas de las empresas periodísticas “Clarín” y “La Nación”, pujan por tergiversar cada acto judicial sobre esta causa que estaba mostrando inocultablemente desvíos de fondos, vaciamientos, cobros indebidos, asociación ilícita, evasión impositiva o el encuadre que judicialmente se determine pero siempre entre empresas privadas.

2. Los hechos

Con fecha 6 de diciembre de 2005 la AFIP –organismo recaudador dependiente del Gobierno Nacional- efectúa una denuncia ante la Justicia en la que da cuenta de la existencia de una organización delictiva que operaba en el mercado a través de la empresa fantasma Caliban/Infiniti Group, favoreciendo con ello la comisión del delito de evasión fiscal por parte de terceros contribuyentes.

En esa investigación interviene el Juzgado Penal Tributario Nº 1 del doctor López Biscayart.

A partir de dicha investigación judicial se comprueba en términos judiciales que la organización delictiva no sólo habría manejado a la sociedad fantasma Caliban/Infiniti Group sino también a otro importante número de empresas “fantasmas” que tendrían las mismas características: asociación ilícita para la comisión de delitos (en este caso para la evasión impositiva).

Asimismo se comprueba judicialmente que quienes habían usado estas facturas apócrifas, es decir quienes habían delinquido evadiendo impuestos, son un más que importante número de empresas anunciantes en los distintos medios de comunicación (empresas periodísticas) por sumas cercanas a los cincuenta millones de pesos. Curiosamente, de esta actividad delictiva y de las importantes empresas involucradas como del significativo perjuicio para el erario público, no hay un solo artículo periodístico en ninguno de los grandes medios de comunicación argentinos.

La única firma que aparece mencionada en los artículos periodísticos es la empresa privada de origen sueco Skanska S.A. una compañía constructora contratada por TGN/ n Techint (otra empresa de capitales privados) para la edificación de una planta de compresión en el Gasoducto del Norte ubicada en Dean Funes. Pero curiosamente su aparición no es por evasión impositiva sino porque de acuerdo a las mismas versiones periodísticas y a los dichos de uno de los detenido en la causa (procesado por ser jefe de la asociación ilícita liderada por Caliban/Infiniti Group) tal maniobra podría haber tenido por objeto pagar comisiones a funcionarios del Estado Nacional sin precisar hechos, quienes o cualquier otro tipo de elemento del cual pudiera inferirse una mínima verosimilitud acerca de lo sostenido y difundido por las empresas periodísticas.

3. Certezas e interrogantes


Avanzada la investigación judicial, los únicos funcionaros públicos que aparecen expresamente vinculados en operaciones con las empresas fantasmas que conforman la asociación ilícita pertenecen al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de facturas de publicidad emitidas por Sol Group S.A. –dato objetivo que no conlleva prejuzgamiento-. Sin embargo, sin ningún elemento probatorio, ni siquiera a nivel de presunción, y sin ningún funcionario público procesado, las publicaciones en torno a las derivaciones de la facturación falsa -que es el instrumento fundamental para la evasión fiscal o para el pago de comisiones indebidas para empresarios privados o funcionarios públicos- solamente se refieren al Caso Skanska-TGN/Techint a la que hacíamos referencia en la introducción de la presente solicitada, culminando el día sábado 28 de abril ppdo. con dos nuevas “Noticias”:

a) Diario Clarín: “Allanaron una empresa estatal que tiene sede en Santa Cruz” (Pág. 12), curiosamente una empresa estatal y además la provincia de origen del Presidente de la Nación y que gobernó por espacio de doce años, y

b) Diario La Nación: “Un organismo del gobierno ordenó contratar a Skanska” (título principal en la portada de ese día)

Ambas noticias son no solamente falsas sino que además evidencian una manifiesta tendencia.

En primer lugar, nunca se allanó una empresa estatal que tuviera sede en Santa Cruz. El allanamiento del que da cuenta la noticia aludida ocurrió en las oficinas de YCRT S.A, una empresa privada propiedad del señor Sergio Taselli y no sobre los Yacimientos Carboníferos Río Turbio que tiene su domicilio legal en Julio Argentino Roca 651, piso 3ª de esta ciudad y cuyo titular es el señor Daniel Peralta.

En segundo término, y en relación a la publicación de tapa del diario La Nación, es falso que un organismo del gobierno ordenara contratar a Skanska. Es falso que ENERGAS haya elegido y dispuesto contratar a Skanska S.A. Si en lugar de la interpretación maliciosa del diario, se respetara el derecho a la información de los lectores, correlato insoslayable de la libertad de prensa, y los lectores hubieran podido por sí mismos leer el contenido de las notas cruzadas entre ENERGAS y TGN/Techint podrían haber confirmado las siguientes certezas:

a) que la selección de quienes construyeron la planta de compresión de gas en Dean Funes (parte del Gasoducto del Norte) es el resultado de un proceso licitatorio reglamentado y realizado por TGN/Techint, empresa de capitales privados y única obligada frente al Estado para realizar la obra en su condición de concesionaria;

b) que los oferentes en dicha obra fueron las siguientes firmas: Skanska S.A., Turbi Gas, BTU, Astra Evangelista, Meip, Peitel, Pamar, Hanover Argentina S.A. Contreas Hnos. S.A. y Austral, todos ellos invitados a participar al concurso por TGN/Techint;

c) que TGN/Techint obstruyó y dilató indebidamente los plazos de construcción de la obra;

d) que TGN/Techint -y no el estado Nacional- presupuestó un precio para la realización de la obra basándose en valores anteriores a la crisis del años 2001;

e) que ese precio jamás fue mostrado a los oferentes para referenciar sus propuestas, con lo cual parece difícil pensar en sobreprecios o desvíos de las ofertas;

f) que con ese precio presupuestado por ella misma, ni la propia TGN/Techint aceptó hacer la obra dispuesta cuando el ENERGAS así se lo requirió. Siendo que era obligación de TGN/Techint realizar la obra para garantizar la prestación adecuada del servicio;

g) que luego de cuatro meses de dilaciones y estando cumplidas las condiciones técnicas y legales requeridas por el marco normativo vigente, dada la critica situación de los plazos para cumplir con el cronograma de obras y la absoluta falta de excusas de TGN/Techint, el ENERGAS le indicó a esta empresa, que adopte las decisiones que sean compatibles con el marco legal referido y que se adjudique la licitación conforme a los antecedentes del concurso hecho por TGN/Techint y de acuerdo a lo informado por ellos mismos. En ese sentido, sería imperiosos que el diario La Nación publique en forma completa y sin subrayados la nota del ENERGAS que así lo dispone, y no como lo hiciera en su edición del día 28 de abril último, en forma parcial y con un subrayado sesgado y tendencioso. Todo ello en respeto al derecho de los lectores a ser bien informados.

Es en orden a estas certezas que surgen los interrogantes.

Por que TGN/Techint demoraron tanto obras en los gasoductos fundamentales para el normal suministro de energía?

Por qué TGN/Techint presupuestaron un precio con el que valuaron la construcción de la obra y no lo mostraron a los oferentes del concurso privado?

Por qué por ese precio -elaborado por ellos mismos- TGN/Techint no hizo la obra cuando le fue requerida por ENERGAS?

Por qué el señor Alejandro Gerlero, ex gerente de Skanska S.A. –la empresa que presuntamente pagara coimas a funcionarios públicos- y que fuera despedido presuntamente por esos también presuntos hechos, hoy es gerente de proyectos de TGN/Techint?

Por qué este elemento vital en la interpretación de lo realmente ocurrido y que fuera señalado por el señor Jefe de Gabinete en su informa a la Cámara de Diputados de la Nación el día 24 de abril ppdo., no fue reproducido al día siguiente por ninguno de los medios masivos de comunicación?

Por qué para la ampliación den los nuevos gasoductos TGN/Techint propone precios porcentualmente superiores a los que estimó y a los que adjudicó a Skanska S.A. en las ampliaciones del 2005?

Por qué TGN/Techint ha invitado a Skanska S.A. en los nuevos procesos licitatorios que ha abierto cuando aún las investigaciones judiciales no han concluido?

4) Reflexiones

La publicación de esta solicitada se hace en razón de que ante los hechos judicialmente investigados, en reiteradas oportunidades hemos informado y respondido a preguntas planteadas por periodistas, y aportado documentación respaldatoria, sin que nunca nada de ello haya sido considerado en los artículos aparecidos en los medios señalados.

La libertad de prensa, garantía constitucional cuyo objetivos principal es proteger la libertad de opinión y el derecho de información de los ciudadanos, se ve severamente afectada cuando las empresas periodísticas deciden qué hechos van a ser conocidos y cuáles van a ser ocultados a la opinión pública. Pero cuando además no solamente se oculta sino que también se tergiversa, estamos ya ante un caso de manipulación y subestimación de los ciudadanos.