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20 de abril de 2024
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Fijan pautas para producir aceite de cannabis medicinal
La autorización debe pasar por el Instituto Nacional de Semillas (Inase) y se deberá contar con un responsable técnico. Se publicó en el Boletín Oficial
6 de marzo de 2019
El Instituto Nacional de Semillas (Inase), un organismo descentralizado de la Secretaría de Gobierno de Agroindustria de la Nación, estableció las condiciones para la producción, difusión, manejo y acondicionamiento en invernáculos para el cultivo de cannabis destinado a la realización de aceite medicinal.

La resolución, publicada en el Boletín Oficial, establece que para llevar adelante la actividad hay que solicitar previa autorización al Inase y asignar a un técnico responsable a cargo de la producción del cultivo, movimientos y guarda de semillas dentro del predio”, que deberá ser del “área de la producción agrícola o de la investigación científica vegetal”.

La función del responsable técnico será, puntualmente, declarar el procedimiento de producción del cultivo, movimientos y guarda de semillas dentro del predio, presentando un registro de producción del mismo.

Ese responsable también deberá llevar un libro de existencias y de actividades. Por otra parte, el organismo fijó que el germoplasma (conjunto de genes) de cannabis "provendrá directamente del laboratorio o institución en donde se haya generado y en todo momento deberá permanecer dentro del invernáculo o predio". Si hay un traslado se hará con medidas del Ministerio de Seguridad.