La Corte rechazó el per saltum presentado por el Gobierno para definir la reforma laboral
La causa deberá pasar primero por las instancias judiciales inferiores luego de que el máximo tribunal declarara “inadmisible” la solicitud hecha por la Procuración del Tesoro
La Corte Suprema rechazó este jueves el recurso de per saltum presentado por el Gobierno nacional para que el máximo tribunal intervenga de manera directa en la causa que analiza la validez de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, sin esperar una resolución de segunda instancia.
Con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, la Corte consideró que el planteo no cumplía con los requisitos establecidos por el Código Procesal Civil y Comercial para habilitar la vía excepcional del per saltum.
Según el artículo 257 bis del Código Procesal, este mecanismo solo puede utilizarse cuando la causa tramita bajo competencia federal y existe una situación de “notoria gravedad institucional” que justifique saltear las instancias judiciales intermedias.
El pedido había sido impulsado por la Procuración del Tesoro el pasado 16 de abril, luego de que un juez de primera instancia declarara la inconstitucionalidad de varios puntos centrales de la reforma laboral promovida por el Gobierno.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo había restituido la Ley laboral pero, días después, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó esa decisión y restituyó la vigencia plena de la Ley de Modernización Laboral, dejando sin efecto el fallo que había frenado parte de la normativa.
Qué plantea la CGTLa CGT había argumentado que los artículos impugnados modifican el régimen laboral vigente y vulneran derechos y garantías constitucionales, como la protección del trabajo, la progresividad de los derechos sociales, la libertad sindical y el acceso a la Justicia.
El titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, Raúl Horacio Ojeda, aceptó la medida cautelar solicitada, suspendiendo con alcance general los artículos cuestionados por la central obrera.
Con esta resolución, la Corte Suprema evitó intervenir de manera anticipada en el expediente y dejó que el proceso continúe por las vías judiciales ordinarias.