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28 de marzo de 2024
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Medidas para evitar abusos en registros web
20 de mayo de 2009
La Cancillería informó que de ahora en más una entidad sólo podrá registrar hasta un máximo de 200 dominios. En la Argentina, 884 entidades registraron el 25% del total de direcciones. Eso equivale a 450 mil nombres y aún esperan la aprobación de otros 200 mil

La resolución del Ministerio de Relaciones Internacionales dio a conocer la increíble cantidad de dominios que acaparan pocas entidades y la necesidad de limitar esas prácticas.

El documento menciona que "450 mil nombres de dominios que representan el 25% del total de los dominios actualmente registrados, han sido registrados por 884 entidades registrantes".

En total, hay registradas 511.815 entidades dadas de alta en NIC.Ar, el organismo que administra las direcciones web de la Argentina, y que depende de la Cancillería.

Esas 884 entidades representan el 0,17% del total inscriptas en NIC.Ar, y a su vez tienen "200 mil dominios pendientes de aprobación".

De esa manera, se decidió limitar el número de nombres de dominio que una Entidad Registrante puede inscribir, en principio, a 200 ya que "dicho número se estima más que suficiente para las necesidades de la generalidad de la comunidad de internet".

La decisión abarca a las “com.ar” y “org.ar”.

Las entidades con más de 200 dominios registrados no podrán realizar nuevos registros ni recibir transferencias de terceros. Un punto interesante de la medida es que desde ahora sólo “podrán renovar hasta 200 de los dominios que ya posee registrados”.

“Esta limitación es aplicable a las solicitudes de registro pendientes, las que serán eliminadas en la medida en que hayan sido requeridas por entidades registrantes que ya tengan registrados 200 o más dominios”, se explicó.

Si una entidad quisiera sobrepasar ese número deberá hacer el reclamo pertinente a NIC.Ar, fundamentando “fehacientemente la necesidad de obtener dominios por sobre el límite establecido, y declarando que sobre el nuevo dominio la entidad registrante tiene un interés legítimo, bienes o servicios con ese nombre, o es conocido públicamente por ese nombre”.