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La causa de las elecciones en Boca tiene su tercer juez
El magistrado es la tercera persona nombrada luego de que la jueza Abrevaya fuera recusada por el club y la subrogante Romero se excusara
6 de diciembre de 2023
Luego de que la jueza Analía Romero, subrogante en la causa judicial por supuestas irregularidades en el padrón que llevó a suspender las elecciones en Boca, se excusara por ser socia del club, este miércoles fue sorteada nuevamente y cayó en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nª36 de Capital Federal a cargo del magistrado Sebastián Font.

Pese a esto, aún hay que esperar la resolución de la Cámara de Apelaciones para conocer los pasos a seguir.
Font, quien aún debe decidir si toma el expediente, fue designado al frente de ese juzgado en junio de 2018, durante la presidencia de Mauricio Macri. Sin embargo, fue nombrado juez en 2008 durante el gobierno de la actual vicepresidenta saliente Cristina Fernández. En tanto, en 2015 pasó como juez subrogante a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de CABA.

Más allá de su designación, por el momento no está definido que la causa avance con él. Primero hay tres cuestiones que debe resolver la Cámara. En principio, la causa original había caído en manos de Alejandra Abrevaya, quien impidió la votación a través de una medida cautelar. Pero la letrada fue apartada momentáneamente porque los abogados del club la recusaron.

Entre los motivos de la solicitud aseguran que su proceso está sesgado y que vulneró el derecho de defensa de Boca ya que se incorporaron tres declaraciones testimoniales que jamás le fueron trasladadas a la defensa de la institución para poder contestarlas.

A raíz de eso, la Cámara debió sortear la causa que el lunes pasó al Juzgado Civil número 64 que tiene a Romero al frente. Sin embargo, decidió apartarse por su ligazón a la institución.

“Toda vez que ostento el carácter de socia de Boca, y teniendo en cuenta lo dicho por la jurisprudencia (...), considero prudente excusarme de entender en el presente proceso, a fin de preservar la debida administración de justicia y neutralizar cualquier temor de parcialidad que tal circunstancia pudiera albergar en los sometidos a juzgamiento”, esgrimió en una resolución de tres páginas.