Justicia volvió a limitar los alquileres temporarios - Asteriscos.Tv
Noticias actualizadas las 24 horas Información clave para decidir
26 de abril de 2024
Seguinos en
Justicia volvió a limitar los alquileres temporarios
26 de octubre de 2009
La Justicia volvió a límitar el negocio de los alquileres temporarios

Un fallo de la Justicia Civil avaló los alquileres temporarios de departamentos a turistas extranjeros, una modalidad creciente en la Capital Federal, pero “advirtió” que la modalidad no estará permitida si se trata de una actividad comercial en un edificio destinado exclusivamente a vivienda.

De este modo, le pone un fuerte freno a un negocio que se expandió de la mano del turismo extranjero.

El fallo, que agrega un nuevo condimento a una herramienta de turismo receptivo que prolifera en la Argentina, fue dictado por el juez Fernando Spano, en relación con el departamento que un ciudadano canadiense compró para su uso personal y alquiler a turistas en un edificio de la calle Libertad al 1.000, del barrio porteño de La Recoleta.

En 10 carillas, el juez condenó al dueño de la vivienda “a cesar el uso” del alquiler temporario como actividad comercial, “bajo apercibimiento de imponérsele una multa de $ 800 por cada día de incumplimiento”.

El ciudadano canadiense acusado por el magistrado había comprado el departamento, de estilo francés, con el asesoramiento de una empresa de servicios turísticos.

Según declaró en la causa, lo hizo para “tener un lugar fijo propio para habitar durante sus estadías en esta ciudad, a la que concurre asiduamente”. Pero aclaró que “a fin de solventar los gastos de manutención, decidió alquilar su departamento en forma temporal”.

El Consorcio de Propietarios, representado por el abogado Guillermo Cash, denunció tal actitud, y el juez centró la causa en “determinar si las contrataciones celebradas configuran simples locaciones temporarias o por el contrario han importado el desarrollo, en el inmueble, de una explotación de tipo comercial”.

El juez de la causa determinó en este sentido que todos los contratos de alquiler fueron suscriptos por representantes de la firma Apartments BA, una empresa que “administra distintas propiedades ofreciendo además de su servicio de intermediación entre el dueño y el inquilino, y por su propia cuenta, diferentes servicios a eventuales” arrendatarios.

Entre esos servicios figuran “mucama, provisión de dos celulares, llamadas locales a Estados Unidos a través del servicio de teléfono IP con facturación detallada, servicio de atención al cliente las 24 horas, conserjería, reservas en restaurantes, obtener direcciones, reservar excursiones y viajes por intermedio del personal de la empresa Apartments BA”.

En marzo pasado, hubo otro fallo judicial también había prohibido a la propietaria de una vivienda ubicada en un edificio de la avenida Callao alquilarlo temporalmente a turistas.

Se trató de una causa tramitada por la jueza en lo Civil llamada María Cristina Bataini, quien tomó la decisión en el marco de una denuncia hecha por el consorcio del edificio de Callao 626 que sostenía que el alquiler temporario afectaba a la convivencia.