A partir del próximo 1º de agosto, todas las operaciones inmobiliarias que se realicen en la provincia de Santa Fe, los inmuebles rurales deberán tomar en cuenta el Valor Inmobiliario de Referencia (VIR).
Es un indicador que ostenta el costo real de una propiedad, en este caso, rural; siendo las valuaciones por el Observatorio de Valores, integrado por todos los actores que intervienen en la actividad, y teniendo en cuenta una serie de variables.
Desde esa fecha, los escribanos estarán obligados a informar a la API cuando el valor de la escritura o transferencia de dominio de la propiedad sea inferior al sesenta por ciento del Valor Inmobiliario de Referencia.
La metodología será la siguiente: el escribano solicitará a Catastro el valor de la partida del inmueble sobre el que se hará la operación; Catastro otorgará el VIR, es decir, el valor de la escritura ciento por ciento; el escribano sabrá entonces que si la operación se realiza por un valor que esté un setenta por ciento por debajo del informado, deberá denunciar la operación a API, que podrá auditar el proceso.
El objetivo de esta práctica, obviamente, impactará sobre los honorarios de los escribanos- es sincerar y transparentar las operaciones inmobiliarias a través de los valores de mercado, dado el desfase de las valuaciones fiscales.
El último avalúo fiscal de la provincia data de 1993, y si bien las operaciones de compra-venta se ejecutan según valores de mercado, las escrituras, y por lo tanto los aportes al Estado -a través de Sellos- se elaboran en función del valor fiscal.