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Las características del modelo “low cost” en Argentina
En nuestro país rige un tope mínimo de tarifas, por lo que estas compañías no podrán cobrar menos que lo dispuesto. Los detalles explicados por los especialistas en derecho del turismo
28 de noviembre de 2017
La apertura de nuevos aeropuertos, la adjudicación de nuevas rutas y la radicación de algunas compañías aéreas en nuestro país han llevado a los medios a hablar de vuelos de bajo precio o “low cost”. Sin embargo, en nuestro país rige un tope mínimo de tarifas, por lo que las compañías no podrán cobrar menos que lo dispuesto en el decreto 1654/02, -modificado por el Decreto 294/16 que eliminó el tope máximo, pero no el menor valor-.

¿Entonces existen? Desde Abogados en Turismo – www.abogadosenturismo.com.ar – explican que “hablar de ellos con ése nombre en Argentina es una exageración”. “Es cuestión de marketing publicitario, ya que los precios de otros países en Argentina no son posibles. Y tal como se afirma en el Ministerio de Transporte, estas empresas tienen tarifas bajas fijadas a su arbitrio, pero no son “low cost”, ya que no son autónomas a la hora de sacar ofertas reales”, explicó la abogada Marisa Venuto, integrante de Abogados en Turismo.

Lo cierto es que la nueva situación vigente logrará la conectividad de Argentina, dentro del territorio y en el exterior, permitiendo la socialización el transporte aéreo, ya que otros sectores sociales podrán acceder a estos vuelos, que, de no ser por sus bajas tarifas, no llegarían a hacerlo.

¿Cómo logran estas aerolíneas tener precios bajos? Características:

- Los pasajes se compran por internet, en muchos casos no hay mostradores de atención al público.

- No hay servicio gratuito de catering a bordo, todo lo que se quiera consumir deberá abonarse aparte.

- No se puede elegir la ubicación dentro del avión, salvo que el pasajero decida abonar aparte.

- Los aviones tienen más butacas, lo que significa menos espacio entre ellos.

- El ticket incluye únicamente equipaje de mano. El equipaje extra es abonado aparte.

- En algunos casos operan de aeropuertos secundarios que tiene tasas aeroportuarias más bajas.

- Cubren tramos cortos con amplias frecuencias, sin escalas.

- La flota de aviones está compuesta por aeronaves nuevas, del mismo tipo y modelo, por lo que reducen los costos de mantenimiento.

- Las tarifas son variables, generalmente se bajan los precios a última hora.

“Quizás el lema de estas empresas es que ‘el avión es rentable, solo si está volando’, por lo que debe estar en pista lo menos posible y así bajar el costo de las tasas aeroportuarias, que son altas y fijas, y no diferencian entre vuelos, y se cobran por el tiempo de estacionamiento del avión”, detalló la Dra. Marisa Venuto.

Al mismo tiempo, la abogada destacó que las reglas de juego son las mismas en cuanto a la seguridad: “Todas las aeronaves deben cumplimentar las normas fijadas por IATA y obviamente los aeropuertos argentinos deberán adaptarse incorporando más controladores aéreos, mejor comunicación y funcionamiento de radares. Es decir, que no es más o menos seguro que los vuelos tradicionales”.

Por otro lado, la especialista señaló que “los derechos de los pasajeros respecto de su persona y equipaje se encuentran igualmente protegidos que en un vuelo común rigiendo las condiciones generales de contratación de la Resolución 1532/98 y el Código Aeronáutico Argentino, por lo que podrán reclamar por daños o retardo que los perjudique”.

“Los usuarios deberán estar atentos a la información y publicidad de estas empresas, que a veces suele ser insuficiente o confusa respecto de los servicios ofrecidos. No debe asimilarse una aerolínea que ofrece una promoción especial con una low cost”, alertó Venuto.

“En el caso de los prestadores, como las agencias de viajes y aerolíneas, que ofrezcan estos vuelos deberán informar fehacientemente al pasajero las características y condiciones de los mismos, ya que, si no, estarían violando el precepto constitucional del art. 42, que exige una información, actual veraz y detallada del servicio a prestar y, por ende, podrían ser demandadas por ese incumplimiento”, apuntó la letrada.

“El éxito o fracaso de esta nueva modalidad, dependerá de una adecuación de la legislación vigente, pero principalmente de la decisión del pasajero, que con su elección marcará el futuro de las low cost en nuestro país”, concluyó Venuto.